No es su culpa ni es normal. Nadie debería salir de su casa porque un bar, una discoteca, una iglesia, un taller o un vecino no lo dejan vivir en paz. Aquí le explicamos qué derechos tiene y qué hacer, paso a paso.
La Ley 1801 de 2016 (art. 33) prohíbe el ruido que afecta la tranquilidad de los vecinos. La Inspección de Policía puede ordenar que cese.
Bares, discotecas y negocios deben cumplir las normas de ruido y funcionamiento (Ley 1801, art. 92). Pueden ser sancionados e incluso cerrados.
Si tuvo que pagar arriendo en otro lugar, mudarse o tratarse por salud, puede reclamar esos perjuicios a quien los causó (Código Civil, art. 2341).
Si las autoridades no actúan, la tutela protege sus derechos a la salud, la intimidad y la vida digna (Constitución, art. 86).
Si lo amenazaron o presionaron para que se fuera, puede ser un delito (Código Penal, arts. 347 y 182). Denúncielo ante la Fiscalía.
Cada llamada al 123 cuenta. Si la Policía no llega, eso también se puede reclamar ante la Personería.
Y regístrelo en la plataforma: queda la hora y si la Policía llegó o no.
Mida el ruido, grabe audio o video, tome fotos. Guarde los certificados médicos de usted y su familia.
Fecha en que salió, quiénes salieron, contrato de arriendo nuevo, recibos de mudanza y gastos.
La plataforma redacta la querella para la Inspección de Policía y el derecho de petición a la Alcaldía y la autoridad ambiental.
Tienen 15 días hábiles para responder. Si no lo hacen, le preparamos la queja ante la Personería o la tutela.
Denúncielas ante la Fiscalía. Si hay peligro inmediato, llame al 123.
Sí. Deje constancia de cuándo y por qué salió y de los gastos que tuvo. Las pruebas que tenga (llamadas, grabaciones, testigos, certificados médicos) siguen sirviendo.
Puede reclamar los perjuicios a quien causó el ruido. Para eso sirven los recibos y el registro de la plataforma. Si el valor es alto, consulte a un abogado o a un consultorio jurídico gratuito de una universidad.
A la Alcaldía (Inspección de Policía) y a la autoridad ambiental de su municipio, que puede medir el ruido con equipos certificados. La plataforma le dice cuáles son las de su municipio.
Sí. El derecho a la tranquilidad lo tiene quien vive en la vivienda, sea dueño o arrendatario.
No. Su caso solo lo ve usted. Los datos de salud se guardan cifrados y solo se incluyen en un documento si usted lo decide.
Esta información es orientativa y no reemplaza la asesoría de un abogado.
Regístrelo hoy. Es gratis y sus datos son privados.
Registrar que tuve que salir de mi casa